
Un Paraguayo fue imputado por transporte y posesión de drogas, el día 11 de febrero en la ruta 5 transportando más de 240 ladrillos de Marihuana.














La Fiscalía Departamental de Durazno de 1° turno, a cargo de la fiscal Gabriela Rusiñol, imputó a un ciudadano paraguayo detenido el día 11 de febrero en la ruta 5 transportando más de 240 ladrillos con sustancia vegetal.
L.G.B.P. fue imputado por un delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte y posesión de estupefacientes, en calidad de autor.
Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Durazno de 4to. Turno.
La Fiscal Letrada Departamental de Durazno de 1er Turno, constituyendo domicilio
electrónico en sippau1@notificaciones.poderjudicial.gub.uy, viene a solicitar audiencia de
formalización de la investigación llevada adelante en la noticia criminal número 2022040039
con relación a L.G.B. con Documento Paraguayo Nro. x.xxx.xxx a asistido por la Dra.
Beatriz Martínez (defensor publico) en función de los siguientes elementos y fundamentos.

- HECHOS
Próximo a la hora 19.00 del dia 11 de febrero de 2022, en momentos que el Movil XXX
XXXX de policía caminera a cargo del SOM A.B. conjuntamente con el Agte E. C.
realizaban un control de vehículos en Ruta 5 a la altura del kilometro 208, detienen
la marcha al auto marca Peugeot modelo 408 matricula paraguaya conducido - por el Sr L.G.B.
- Al efectuar el control de rutina al vehículo se advirtió irregularidades en el tapizado trasero y
- la presencia de unos tornillos de chapa, constatándose un doble fondo donde se transportaban
- ladrillos con sustancia vegetal.
- Se trata de 241 ladrillos de distintos pesos que arrojo un peso total de 144,773 kilogramos. En
- la oportunidad le fue incautado a B. un celular y un pendrive cuya apertura y registro del
- contenido fue autorizado debidamente por la Sede Judicial










- EVIDENCIA
La evidencia de los hechos referidos se integra con lo siguiente; - Actuaciones policiales registradas en la NUNC.
- Declaraciones de los funcionarios policiales aprehensores.
- Acta de incautación de la sustancia vehículo celular y pendrive
- Prueba de Campo.
- Carpeta de policía científica No. 178/2022
- Planilla de antecedentes judiciales.
- El imputado se amparó en su derecho a no declarar.
CALIFICACION JURIDICA.
El hecho imputado encuadra típicamente en el delito previsto en el artículo 31 de la Ley 14294
en la redacción dada por la Ley 19.889, un delito de trafico de estupefacientes en la modalidad
transporte y posesión de estupefacientes, en calidad de autor (arts. 1, 3 18, 60 numeral 1 del
Código Penal y artículo 31 de la Ley 14294 y modificativas).
Medida Cautelar.
La Fiscalía solicita medida privativa de libertad de prisión preventiva por el término de 120
días en función de existir riesgos procesales que serán debidamente fundados en audiencia.
PETITORIO.
Por lo expuesto, y al amparo de lo establecido en el artículo 266 del CPP, al Sr. Juez Pido:
Se tenga por formalizada la investigación respecto de L.G.B. bajo la incriminación
referida. Se dispuso como medida cautelar la prisión preventiva del imputado por el lapso de 90 días mientras se continúa con la investigación a los efectos de presentar la acusación correspondiente.
Fiscal firmante de audiencia de formalización/ control de detención
Nombre: MARIA GABRIELA RUSINOL FERRARI
Fiscalía: Fiscalías Departamentales de Durazno
Turno: 1º TURNO