Colectivo Afro Uruguayo emitió un manifiesto explicando los motivos por los cuales apoya la derogación de 135 artículos de la LUC

Colectivo Afro Uruguayo emitió un manifiesto explicando los motivos por los cuales apoya la derogación de 135 artículos de la LUC

MANIFIESTO DEL COLECTIVO AFRO
POR LA ANULACIÓN DE 135 ARTÍCULOS DE LA
LEY DE URGENTE CONSIDERACIÓN – LUC

EL COLECTIVO AFROURUGUAYO VOTA SÍ

A partir del trabajo sistemático y organizado por parte de la comunidad afro, se han hecho visibles las dificultades
históricas que enfrentamos desde la trata esclavista hasta la actualidad. Esta visibilidad ha permitido alcanzar algunas
conquistas, aún insuficientes, pero que permiten avanzar hacia la equidad en nuestra sociedad.
Para ello y como sociedad debemos reconocer que los problemas de pobreza, exclusión, falta de oportunidades
equitativas, desarraigo territorial, riesgo ambiental, discriminación racial, social, cultural y religiosa, persisten desde la
propia conformación de la Nación y se mantienen a través de los efectos del racismo estructural que nos atraviesa a todos.
Las uruguayas y uruguayos merecemos una sociedad más equitativa y justa. Esto requiere de consensos amplios para
enfrentar, con inteligencia y empatía, problemas estructurales. Hay contextos que impiden avanzar en este sentido y la
Ley de Urgente Consideración (LUC), es ejemplo de ello.
Frente a esto nos proponemos contribuir con argumentos e información veraz a la opinión pública, para que con la mayor
información posible logremos derogar los 135 artículos de la LUC.


Por lo expuesto, el Colectivo Afrouruguayo por la derogación de los 135 artículos de la LUC manifiesta:
● La LUC reproduce los privilegios históricos y la desigualdad social. Está claramente orientada en defender esas
ventajas históricas de unos pocos, en detrimento de las posibilidades del resto de los colectivos sociales.
● La LUC reduce la participación ciudadana y la transforma en un acto delictivo.
● La LUC potencia lo punitivo y lo represivo como principal acción de seguridad pública, ejerciendo presión
sobre el sistema carcelario, hoy en día desbordado.
● La LUC profundiza la pobreza, exclusión, falta de oportunidades y aumenta el desarraigo territorial, el riesgo
ambiental, así como la discriminación racial, social, cultural y religiosa.








ALGUNAS RAZONES POR LAS QUE COLECTIVO AFRO URUGUAYO INVITA
A VOTAR CON LA PAPELETA ROSADA POR EL SI.


En Educación
La Educación Pública pierde autonomía y participación social. Se minimizan los ámbitos de debate.La participación y la
autonomía del sistema educativo, fue un distintivo histórico de la educación pública uruguaya, que la LUC reduce a la
mínima expresión.
Se potencia el poder de decisión del Ministerio de Educación y Cultura, por lo tanto, del gobierno.
Se minimiza la participación de la Universidad de la República en los órganos consultivos de educación.
Se elimina la obligatoriedad de la educación en la primera infancia y en la educación media superior suprime la obligación
de inscribir a los jóvenes y observar su asistencia y aprendizaje.
Una ley que “invita” al Estado a no obligar a los padres a que sus hijos culminen la educación media superior, es una ley
que condena al aumento de la deserción en educación, amplía la brecha digital y no aporta a hacerse cargo como Nación,
de los problemas sociales, económicos y culturales, que los más desvalidos arrastran desde siempre en el Uruguay.Esto impacta directamente en la población afrodescendiente ya que las y los adolescentes afrouruguayos son los grandes
postergados y expulsados del sistema educativo.1
La brecha histórica que separa las oportunidades de las personas afrouruguayas del resto de la sociedad, se profundiza
notoriamente a partir de un sistema educativo que no prioriza la participación, el debate y la focalización en los problemas
sociales, que redundan siempre en las dificultades en el aprendizaje e impactan en los menos privilegiados. “Sacarse de
encima” a los afrodescendientes en la educación, reduce su posibilidad de quebrar el círculo de la pobreza y lograr el
ascenso social.
La exclusión social que produce el racismo estructural, expulsa en forma sistémica a las personas afrouruguayas jóvenes
del sistema educativo primero, negando la igualdad de oportunidades y su posterior desarrollo. De esta forma se promueve
volver a las viejas prácticas discriminatorias y racistas en la educación.

En Seguridad Pública
La LUC, en su artículo 1 refiere a la legítima defensa e iguala el derecho a la propiedad con el derecho a la vida.
La norma en su artículo 14, profundiza las acciones represivas, respecto de las personas en situación de calle. Ante
situaciones de vulnerabilidad social que deberían ser abordadas con políticas públicas efectivas la LUC propone represión
Criminaliza la protesta social vulnerando el derecho de los ciudadanos a manifestarse libremente y habilita la restricción
del derecho a hacerlo en calidad de trabajadores en el artículo 392.
El Artículo 468 declara ilegítimos los piquetes que impiden la libre circulación de personas, bienes o servicios, en
espacios públicos o privados de uso público.
El artículo 470 refiere a “hechos de apariencia delictiva” El enfoque represivo y punitivo de la “seguridad”
institucionaliza entre otras cosas, el concepto de hecho de apariencia delictiva, lo que puede habilitar una mirada
prejuiciosa y discriminatoria. La población afrouruguaya ha sido víctima de estereotipos y preconceptos que los asocian a
la delincuencia en un efecto del fenómeno de “portación de cara”, lo que puede verse incrementado por la aplicación de
la LUC.
El enfoque punitivo de la LUC atenta claramente con muchas de nuestras manifestaciones culturales que se desarrollan en
el espacio público.
En la ley se restringe el régimen de semi libertad para los adolescentes en conflicto con la ley limitando aún más sus
posibilidades de reinserción social. Extiende el máximo de pena para ciertas infracciones a 10 años pudiendo llegar a ser
más de la mitad de la vida de esos adolescentes.






En Vivienda
La LUC establece un nuevo régimen de arrendamiento o alquiler de vivienda urbana en la que propone formas de alquiler
sin garantías, pero con nuevos procedimientos de lanzamiento frente a situaciones de atraso en los pagos. Reduce los
plazos de prórrogas frente a lanzamientos de 120 a 7 días.
Este nuevo sistema no tiene beneficios para quienes buscan alquilar una vivienda. Más de la mitad de la población
afrodescendiente, un 51,3 %, tiene al menos una necesidad básica insatisfecha (NBI), 10 puntos porcentuales por encima
de la media nacional y 16 puntos por encima de la población blanca.2 La dificultad en el acceso a la vivienda es una NBI que sacude a la colectividad afrouruguaya. El 26% de la población afrodescendiente habita viviendas con carencias de
algún tipo. Entre estas se destaca el hacinamiento, que afecta al 19%.3
No es novedad para la comunidad afrouruguaya actuar dentro de un régimen sin garantías, la novedad de la LUC es el
desalojo rápido que conspira con la definición misma del derecho a la vivienda.4
La fragilidad laboral en la que se encuentran muchas y muchos afrodescendientes agravada por la pandemia y la dificultad
para conseguir garantías de alquiler, los coloca en una situación de extrema vulnerabilidad en relación a la vivienda.

En Trabajo y calidad del empleo
La LUC promueve quitar la obligación de pagar los sueldos a los y las trabajadoras por medio de la Inclusión financiera.
Esto promueve la informalidad e incide directamente en nuestra población al establecer sistemas sin garantías con menos
registros y que atentan contra los derechos laborales.
La situación laboral de hogares con personas afrodescendientes presenta históricamente peor desempeño en todos los
indicadores del mercado laboral. El desempleo, subempleo e informalidad es mayor que en las personas no afro. La
informalidad durante la pandemia incidió más en los hogares afrodescendientes que en los demás hogares.
La Ley 19.210 (de Inclusión Financiera) establecía el “deber” de efectuar los pagos (remuneraciones y toda partida en
dinero) a través de instituciones de intermediación financiera o medios de pagos electrónicos. El texto de la LUC dice
“podrá” y otorga discrecionalidad al empleador en una situación, ya de por sí, asimétrica en la relación laboral.
Habilita prácticas ilegales, le quita transparencia e imposibilita la trazabilidad del pago.
Es un artículo que señala directamente a nuestro colectivo como perjudicado para lograr la formalidad y estabilidad
laboral.


Situación de las mujeres
Cada uno de los retrocesos en derechos señalados anteriormente impactan en forma potenciada sobre las mujeres afro en
su condición de trabajadoras informales, trabajadoras domésticas, jefas de hogar dado el número de hogares
monoparentales femeninos afro y el número de horas dedicadas al trabajo doméstico y de cuidados no remunerado
superior al de las mujeres no afro. También en sus hijas e hijos desde la seguridad, la precarización de la educación
pública de la que son mayoritariamente usuarios. El acceso a la vivienda, la condición de la misma impacta a su vez en la
salud psicofísica de los miembros de los núcleos familiares siendo las mujeres las responsables de atender esas situaciones
y sus consecuencias.


Por estas y por muchas otras razones las afrouruguayas y los afrouruguayos
Votamos SÍ con la papeleta rosada

1 Los adolescentes afrodescendientes presentan menores tasas de asistencia y mayores niveles de rezago que sus pares no afrodescendientes Si bien
se redujo la brecha entre la población afro y la no afro, aún 2 de cada 10 jóvenes afrodescendientes están rezagados 2 o más años curriculares
“Panorama de la situación de los niños, niñas y adolescentes en el Uruguay”. Guillermo Sánchez – Laguardia y Victoria Tenenbaum – UNICEF CEPAL
(2020) Disponible: https://www.unicef.org/uruguay/informes/panorama-de-la-situacion-de-los-ninos-ninas-y-adolescentes-afrodescendientes-en-
uruguay


2 Atlas sociodemográfico de la desigualdad en Uruguay. Cabella,W. et col.(2011)
Disponible: https://www.ine.gub.uy/documents/10181/34017/Atlas_fasciculo_2_Afrouruguayos.pdf/ec7ecb3f-ca0a-4071-b05f-28fdc20c94e2

3 OPP Reporte Uruguay 2015. Disponible: https://www.opp.gub.uy/sites/default/files/documentos/2018-10/Reporte%20Uruguay%202015.pdf


4 La LUC y el régimen de alquiler sin garantía: entre el “desalojo exprés” y “un nuevo mecanismo” para quienes no acceden a vivienda. La
Diaria.Dr.Juan Ceretta.La Diaria (8 dic 2021) Disponible: https://ladiaria.com.uy/luc/articulo/2021/12/la-luc-y-el-regimen-de-alquiler-sin-garantia-
entre-el-desalojo-expres-y-un-nuevo-mecanismo-para-quienes-no-acceden-a-vivienda/