
Este domingo el Senador Guido Manini Ríos, líder de Cabildo Abierto, difundió un comunicado a la expresión pública, negando ser colono, y asegurando que el campo lo compró, su suegro al Instituto Nacional de Colonización. El comunicado surge a raíz de las acusaciones en su contra, que se hicieron públicas días atrás.










«Comunicado del Senador Guido Manini Ríos a la opinión pública:
En las últimas horas tomó estado público un informe encargado por el Director frenteamplista del INC, aún no considerado por el Directorio de esa Institución, en el que se nos atribuye a mi señora, Irene Moreira, mi suegro Roque Moreira, y a mi la calidad de colonos propietarios. Por tratarse de una información errónea, entiendo necesario realizar las siguientes precisiones:
1 – El campo al que se refiere el informe, padrón 511 de Artigas, fue adquirido por el INC en 1970.
2 – A los pocos meses de adquirido, de acuerdo a informes técnicos de la Institución se estableció que el campo de referencia no reunía las condiciones necesarias para ser colonizado, y se expresaba en la Resolución nro. 41 del acta nro. 2815, del 2 de marzo de 1971, que «el área inundable, la superficie ocupada por los montes, las dificultades de drenaje” era imposible ser utilizado por el Instituto, ya que esas características lo hacían antieconómico para su explotación.
3 – Por lo expuesto en el punto anterior, el INC enajenar el campo, llamando a esos efectos a una licitación.
4 – A esa licitación se presentó, entre varios oferentes, el Sr. Roque Moreira Salgado, al que se le adjudicó parte del padrón con una extensión de 1300 hás, celebrando el compromiso de compraventa el 5 de julio de 1971.»








«5 – El 29 de diciembre de 1975, en cumplimiento de lo resuelto por el Directorio del INC, se firma un nuevo compromiso de compra venta, que no deja ninguna duda sobre la inexistencia de vínculo alguno entre el comprador y el INC.
6 – El 2 de diciembre de 1981, tras haberse integrado el precio, el INC y el Sr. Roque Moreira otorgaron el contrato de compraventa relativo al inmueble prometido en venta y el vendedor le transfirió la propiedad al comprador, manifestándose en el artículo TERCERO: «…la enajenante transfiere al comprador el pleno dominio sobre el inmueble descripto, confirmándola en la posesión que del mismo ya tiene tomada y se obliga al saneamiento conforme a derecho».
7 – Desde la compra del campo hasta la fecha, es decir por mas de medio siglo, en que incluso el actual director que manda a hacer el informe ejerció la Presidencia durante varios años, el Instituto Nacional de Colonización no realizó reclamación alguna contra el señor Roque Moreira, ni por la ocupación, ni por la residencia, ni por la explotación, ni por la disposición del inmueble existente en el predio.
De la información mencionada surge claramente que el sr. Roque Moreira nunca fue colono, como tampoco lo fuimos Irene Moreira y el suscrito.
Senador Guido Manini Ríos»