
Hasta el 28 de marzo, INAU recibe inscripciones en el llamado a concurso para Inspector de trabajo infantil y adolescente, con un salario nominal de $55.107,36.
BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA
LA PROVISIÓN DE HASTA 5 (CINCO) FUNCIONES EN CARÁCTER DE PROVISORIATO Y POR EL
TÉRMINO DE 24 MESES, DE ESPECIALISTA III, SERIE INSPECCIÓN, ESCALAFÓN “D”, GRADO
05, DEPENDIENTE DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN NACIONAL DE TRABAJO INFANTIL Y
ADOLESCENTE DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO, LAS QUE ESTARÁN SUJETAS A LA
DISPONIBILIDAD FINANCIERA DEL INSTITUTO
COMPETENCIAS INSTITUCIONALES
● Centrarse en la protección y promoción de derechos de NNA y sus familias
● Flexibilidad y adaptabilidad a los cambios
● Trabajar en equipo, con otras áreas de la institución y con otros actores de la sociedad
● Compromiso institucional con visión de Sistema de Protección Integral
● Comunicación asertiva
OBJETIVOS DE LA FUNCIÓN
Tienden a contribuir al desarrollo de una política de reconocimiento, promoción y protección delos derechos de los niños, niñas y adolescentes, en el marco de la CDN. Particularmente su
acción se vuelca en la prevención y erradicación del trabajo infantil y en la protección de los
adolescentes que trabajan teniendo como pilares básicos la educación y la salud.
Contribuir el cumplimiento de la función rectora del organismo en políticas de infancia,
promoviendo acciones de coordinación de la sociedad civil y del Estado para el efectivo
cumplimiento de los Derechos del niño, niña y adolescente.
El Cuerpo Inspectivo está formado por personal especializado en la temática laboral
(legislación, seguridad, investigación de accidentes, temas de infancia y adolescencia)
Deberá velar por el cumplimiento de la normativa vigente en relación al trabajo infantil y
adolescente en todo el territorio nacional. Los Inspectores tienen la obligación de concurrir al
interior del país cuando el jerarca lo disponga.










FUNCIONES PRINCIPALES
– Detectar, individualizar y poner de manifiesto las situaciones que involucren trabajo de
niños, niñas y adolescentes.
– Asesorar, educar, persuadir, orientar en materia laboral a los adolescentes trabajadores,
a sus familias y a los empleadores. La acción es orientadora y correctiva antes que
represiva y sancionatoria.
– Investigar los accidentes de trabajo sin perjuicio de las acciones que correspondan.
– Informar sobre situaciones que no estén específicamente cubiertas por las disposiciones
legales y recomendar las formas de resolverlas.
– Prevenir y proteger, intervenir en todas las formas de relaciones de trabajo (formales e
informales, visibles e invisibles, legales e ilegales) para anticipar respuestas, regular y
mejorar las condiciones de trabajo y minimizar los riesgos.
TAREAS
– Visita locales o establecimientos a instancia de denuncias de particulares o entidades
públicas o privadas o las que de oficio determine la Dirección del Departamento.
– Esta autorizado a proceder en el cumplimiento de sus funciones por iniciativa propia en
aquellos lugares que considere sujeto a inspección, así como proceder a investigar,
controlar y encuestar en el marco de un procedimiento debidamente acreditado por la
naturaleza del cargo.
– Puede interrogar sólo o ante testigos al empleador o al personal de la empresa sobre
asuntos relativos a la aplicación de las disposiciones legales.
– Solicita la documentación y registros que las normas laborales ordenen.
– Maneja con absoluta confidencialidad el origen de cualquier queja o denuncia en el
servicio frente al empleador o sus representantes.
– Identifica e investiga situaciones de trabajo infantil.
– Investiga accidentes de trabajo y coordina en el marco de la protección integral de los
NNA, con los propios servicios del Instituto, con otros organismos con la finalidad de su
posterior derivación y rehabilitación si corresponde.
– Labra constancias de inspección, y actas de constatación de hechos.
– Los inspectores deberá presentar informes mensuales y anuales sobre los resultados de
sus actividades y se presentarán de una forma sistematizada por la Dirección del
Departamento.
– Asiste a reuniones de coordinación dispuesta por sus superiores.
– Elabora estudios técnicos sobre el desempeño de su función que aporten o promuevan
espacios de discusión temática.
– Realiza toda otra actividad relacionada con la naturaleza de su cargo.
– Inspecciones de rutina.
– Inspecciones por condiciones de trabajo; seguimiento de excepciones. Denunciar e
investigar accidentes.
– Charlas o Jornadas de Sensibilización sobre trabajo infantil y trabajo adolescente.
LUGAR DE TRABAJO
Los postulantes que sean contratados cumplirán funciones bajo la dependencia del
Departamento de Inspección Nacional del Trabajo Infantil y Adolescente.
DEDICACIÓN HORARIA Y DISPONIBILIDAD
Según los Artículos 25 y 29 del Reglamento de Funcionarios, el funcionariado perteneciente al
Escalafón D y que cumpla tareas inspectivas, de supervisión o auditoria cumplirá una carga
horaria de 30 (treinta) horas semanales.
Se requiere disponibilidad y flexibilidad horaria para el cumplimiento de la tarea a desarrollarse en diversos turnos, así como para viajar dentro y fuera del departamento cuando el Servicio así lo requiera.
REMUNERACIÓN
El ingreso nominal total a valores de enero de 2022 es de $55.107,36 pesos uruguayos.
REQUISITOS EXCLUYENTES
1. Podrán postularse todos los ciudadanos que se encuentren en condición de ocupar una
Función Pública y que cumplan con los siguientes requisitos excluyentes al cierre de la
inscripción del presente llamado:
● Bachillerato completo sin asignaturas previas acreditando Fórmula 69 A. Si este
requisito se acredita mediante títulos Universitarios o Técnicos obtenidos en el
extranjero y habilitados en nuestro país, será necesario presentar constancia de Jura de
la Bandera.
● Cédula de identidad vigente.
● Credencial Cívica y constancia de voto de las últimas elecciones nacionales y
departamentales
● Constancia de domicilio real que acredite la residencia en el Departamento al que se
postula.
● Experiencia en el área.
● Relación de méritos y descripción de trayectoria labora








Culminado el Concurso los aspirantes a contratar deberán acreditar Certificado de
Antecedentes Judiciales (CAJ) y Control de Salud vigente.
Es responsabilidad de los aspirantes la veracidad de los datos aportados en el formulario de
inscripción. Los mismos tendrán carácter de Declaración Jurada. Quienes proporcionen datos
que no sean fidedignos serán pasibles de las sanciones correspondientes, de acuerdo con lo
previsto en el Art. 239 del Código Penal.
CONVOCATORIA, DIFUSIÓN, INSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIONES
La convocatoria se efectuará a través de publicaciones en el Diario Oficial, un diario de
circulación nacional, en la página web de la Oficina Nacional de Servicio Civil y en la página
web de INAU.
Los formularios y toda información de interés estarán a disposición de los postulantes en
http://www.inau.gub.uy. – Llamados a Concursos.
Los aspirantes deberán inscribirse desde el 14 de Marzo de 2022 a la hora 12.00 hasta el 28
de Marzo de 2022 a la hora 12.00, exclusivamente a través de la Página Web del INAU
http://www.inau.gub.uy/.
Una vez ingresados los datos requeridos para la inscripción, lo que se hará digitalmente, se
deberá imprimir la constancia de la misma, la que será solicitada en la instancia de
presentación de la documentación.
Todas las notificaciones y comunicaciones se realizarán a través de la Página Web del
Instituto, siendo responsabilidad de los postulantes informarse de los comunicados.
La no concurrencia del postulante en cualquier etapa que haya sido comunicada, dará lugar a
que se considere su desistimiento al proceso de selección.
Las publicaciones se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18331- Ley de
protección de datos personales.