Se declaró Emergencia Agropecuaria para todas las seccionales policiales del territorio nacional de zona rural.

Luego de la reunión mantenida por la Comisión de Emergencias Agropecuarias a efectos de evaluar y asesorar sobre la situación agroclimática, el ministro Fernando Mattos firmó la resolución que declara la Emergencia Agropecuaria para todas las seccionales policiales del territorio nacional de zona rural.

La medida se aplicará por el término de 90 días a partir de la fecha de la presente resolución para los rubros de ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura.

En las próximas horas se continuará trabajando para definir las características de los apoyos y ayudas a implementarse en esta oportunidad, por lo cual se informará oportunamente.







Resolución N° 958/022 MGAP Se declara la Emergencia Agropecuaria en ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura

Se declara la Emergencia Agropecuaria en ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura, para todas las seccionales policiales del territorio nacional, zona rural, por el término de 90 (noventa) días a partir de la fecha de la presente Resolución.

VISTO: la situación agroclimática actual según monitoreo realizado por el Sistema Nacional de Información Agropecuaria (SNIA);

RESULTANDO: I) en el marco de lo previsto por el artículo 4° y siguientes del Decreto Nº 829/008, de 24 de diciembre de 2008, reglamentario de los artículos 39 y 207 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, se convocó a la Comisión de Emergencias Agropecuarias a efectos de evaluar y asesorar a esta Secretaría de Estado en relación a la situación agroclimática;

II) analizada la información y datos recabados, la Comisión de Emergencias Agropecuarias, por informe de fecha 20 de octubre de 2022, recomienda la declaración de Emergencia Agropecuaria en los rubros ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura por el término de 90 días, en todas las seccionales policiales del territorio nacional, zona rural, debido al déficit hídrico y forrajero;





CONSIDERANDO: que de la evaluación realizada por técnicos de esta Secretaría de Estado, del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y la propia Comisión de Emergencias Agropecuarias, se concluye en la conveniencia de declarar la Emergencia Agropecuaria para todo el territorio nacional y para los rubros señalados en el “Resultando II”;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

RESUELVE:

1°) Declárase la Emergencia Agropecuaria en ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura, para todas las seccionales policiales del territorio nacional, zona rural, por el término de 90 (noventa) días a partir de la fecha de la presente Resolución.

2°) Por la División Administración General dése cuenta a la Comisión de Emergencias Agropecuarias y publíquese en la página web de este Ministerio.

3°) Publíquese en el Diario Oficial y, cumplido, archívese.

Ing. Agr. Fernando Mattos Costa
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca