Un mujer de 56 años fue condenada por lesiones y violencia privada

Un mujer de 56 años fue condenada por lesiones y violencia privada, la mujer le coloco una bolsa de nylon a una menor.







La jefatura de policía de Maldonado informa que en la tarde del pasado sábado personal policial de Seccional 1ra., concurrió a un domicilio de calle Ipiranga y Dr. Edye, en respuesta a un llamado al servicio de Emergencia 9-1-1.
Sobre las 17:30 horas, un hombre se comunicó dando cuenta que momentos antes recibió
un mensaje en su celular de parte de una mujer que estaba a cargo el cuidado de sus dos
hijas menores, enviándole una foto de una de ellas, a quien le había colocado una bolsa de
nylon en su cabeza, manifestándole que la había agredido físicamente y que tenía
intención de quitarles la vida. Posteriormente fue corroborado por los registros fílmicos
obtenidos por las cámaras de videovigilancia de la casa.
Al arribo de la dotación policial, la misma ya no se encontraba en el lugar, procediéndose
de inmediato a realizar rastrillaje en la zona en su procura, la que minutos mas tarde fue
ubicada y aprehendida en un apartamento ubicado sobre calle San Carlos y Florida.
Puesta en conocimiento de los hechos la Fiscalía Letrada de 2° Turno de Maldonado, se
dispuso entre otras diligencias, el ingreso en calidad de detenida de la agresora y su
posterior conducción a la Sede Penal de 4° Turno.





Llevada a cabo la audiencia en la tarde del día lunes, se decretó por parte del Juez
Letrado de Maldonado ,condenó a P. A. A. M., de 56 años, como autora penalmente responsable de un delito de LESIONES
PERSONALES en reiteración real con un delito de VIOLENCIA PRIVADA, a sufrir la
pena de doce (12) meses de prisión con descuento de la detención sufrida y siendo
de su cargo las prestaciones accesorias legales de rigor.
La pena se cumplirá de la siguiente manera: tres (3) meses de prisión efectiva y los
restantes nueve (9) meses la pena se sustituye por un régimen de libertad a prueba
de acuerdo a lo previsto en el Art. 295 Bis del CPP, asumiendo la condenada las
siguientes obligaciones: Residir en lugar determinado; someterse a la orientación y
vigilancia de la O.S.L.A.; la obligación de presentarse una vez por semana en la
Seccional Policial de su domicilio; prestar servicios comunitarios en la forma
prevista en el Art. 295 Bis del CPP, una vez por semana durante dos horas diarias.,
asi como la prohibición de ejercer cargos públicos o privados en Instituciones
vinculadas al cuidado de niños, niñas y adolescentes o personas adultas con
discapacidad.